El pasado 10 de julio el Ministro Galo Chiriboga firmó el Acto Administrativo que viabiliza la extinción de concesiones mineras por contaminación de fuentes de agua.
El ministro de Minas y Petróleos, Galo Chiriboga, firmó el acto administrativo regulatorio que establece los criterios para la aplicación del artículo 3 del Mandato Constituyente Número 6 en lo referente a la afectación de nacimientos y fuentes de agua.
La firma de este acto administrativo, que se efectuó durante la clausura del Congreso Latinoamericano de Hidrología Subterránea y Expoagua, permitirá ejecutar con bases técnicas el artículo del Mandato Constituyente que dice que se declarará la extinción, sin compensación económica alguna, de las concesiones mineras que afecten a nacimientos y fuentes de agua.
Durante esta firma; el Secretario de Estado destacó la participación de la ciudadanía durante el Congreso de Hidrología ya que aportó con criterios esenciales para definir el acto administrativo que permitirá cumplir el artículo 3 del Mandato Constituyente.
En este acto el ministro Galo Chiriboga, también suscribió un convenio de cooperación interinstitucional que une a esta Cartera de Estado con la Asociación Latinoamericana de Hidrología Subterránea para el Desarrollo y el Grupo Ecuador de la Asociación Internacional de Hidrología con el objetivo de viabilizar un manejo eficiente del recurso hídrico en la actividad minera.
Este convenio interinstitucional contribuirá a través de asistencia técnica y asesoría especializada identificar perfiles de proyectos necesarios para una gestión ambiental y socialmente responsable.
En este contexto Galo Chiriboga resaltó la importancia de involucrar a la ciencia y la tecnología en los diferentes procesos que ejecuta el Ministerio y que se consolida con el aporte de estas dos asociaciones.
El ministro de Minas y Petróleos, Galo Chiriboga, firmó el acto administrativo regulatorio que establece los criterios para la aplicación del artículo 3 del Mandato Constituyente Número 6 en lo referente a la afectación de nacimientos y fuentes de agua.
La firma de este acto administrativo, que se efectuó durante la clausura del Congreso Latinoamericano de Hidrología Subterránea y Expoagua, permitirá ejecutar con bases técnicas el artículo del Mandato Constituyente que dice que se declarará la extinción, sin compensación económica alguna, de las concesiones mineras que afecten a nacimientos y fuentes de agua.
Durante esta firma; el Secretario de Estado destacó la participación de la ciudadanía durante el Congreso de Hidrología ya que aportó con criterios esenciales para definir el acto administrativo que permitirá cumplir el artículo 3 del Mandato Constituyente.
En este acto el ministro Galo Chiriboga, también suscribió un convenio de cooperación interinstitucional que une a esta Cartera de Estado con la Asociación Latinoamericana de Hidrología Subterránea para el Desarrollo y el Grupo Ecuador de la Asociación Internacional de Hidrología con el objetivo de viabilizar un manejo eficiente del recurso hídrico en la actividad minera.
Este convenio interinstitucional contribuirá a través de asistencia técnica y asesoría especializada identificar perfiles de proyectos necesarios para una gestión ambiental y socialmente responsable.
En este contexto Galo Chiriboga resaltó la importancia de involucrar a la ciencia y la tecnología en los diferentes procesos que ejecuta el Ministerio y que se consolida con el aporte de estas dos asociaciones.
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