lunes, 14 de julio de 2008

Quito, 09 de julio del 2008

EL MINISTERIO DE MINAS Y PETRÓLEOS ACOGERÁ LAS OBSERVACIONES DEL CONGRESO LATINOAMERICANO DE AGUA PARA INCORPORARLAS A ACTO ADMINISTRATIVO SOBRE CONCESIONES MINERAS


El ministro de Minas y Petróleos, Galo Chiriboga Zambrano, solicitó a los participantes en el IX Congreso Latinoamericano de Hidrología Subterránea y Expo Agua 2008, entregar sus observaciones al acto administrativo regulatorio preparado por esta Cartera de Estado para dar cumplimiento al artículo 3 del Mandato Minero, relacionado con el agua.

Ante los asistentes a ese Congreso, que se realiza en Quito, el ministro Chiriboga precisó que el acto administrativo regulatorio establece los criterios para la aplicación del artículo 3 del Mandato Constituyente No. 6, que declara la extinción, sin compensación económica alguna, de las concesiones mineras que afecten a nacimientos y fuentes de agua.

Indicó que para la aplicación de ese artículo, las Subsecretarías de Protección Ambiental y de Minas efectuaron un taller con expertos en el cual se definió que por nacimientos y fuentes de agua se entiende a las aguas superficiales, subterráneas y humedales.

El Secretario de Estado agregó que también se determinó que el uso de arsénico, antimonio, cobre, manganeso, hierro, cadmio, mercurio, zinc, plomo, cianuro total, cianuro libre, sólidos disueltos, sólidos suspendidos y potencial hidrógeno en la actividad minera es causa de contaminación y, por lo tanto, las concesiones mineras que contaminen las aguas con esos químicos sean revertidas.

Galo Chiriboga afirmó que los asistentes al IX Congreso Latinoamericano de Hidrología Subterránea y Expo Agua 2008 pueden aportar con más precisiones para tener un acto regulatorio administrativo con un alto nivel técnico.

El Ministro indicó que de esa manera se tendrá un espacio para una interpretación más técnica y no descartó que con la vigencia del acto administrativo algunas concesiones sean devueltas a sus concesionarios o que otras sean revertidas.

Añadió que para la identificación de las concesiones mineras que afectan a nacimientos y fuentes de agua, la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y Petróleos elaborará los términos de referencia para la contratación de consultorías, preferentemente con instituciones de educación superior nacionales, que cuenten con las capacidades técnicas necesarias para cumplir con las mismas.

Chiriboga precisó que los resultados técnicos de la consultoría servirán para que el Ministerio de Minas y Petróleos, a través de la Dirección Nacional de Minería y sus Direcciones Regionales, proceda a la extinguir los derechos mineros de las áreas mineras incursas en la parte final del Art. 3 del Mandato Constituyente No. 6, de abril pasado.

Consideró que en ningún caso, los ex titulares de concesiones mineras de exploración y explotación de metálicos, de no metálicos y de materiales de empleo directo en la industria de la construcción, de plantas de beneficio, fundición o refinación y los mineros artesanales, de pequeña escala o de subsistencia, quedarán eximidos de ejecutar los planes de cierre y abandono de las áreas intervenidas.

El presidente de la Asociación Latinoamericana de Hidrología Subterránea para el Desarrollo (Alhsud) y Gustavo Pinto, presidente del Colegio de Ingenieros Geólogos, en Minas, Petróleos y Ambiental (Cigmyp) saludaron la iniciativa del titular del Ministerio de Minas y Petróleos y decidieron conformar una comisión para que analice y presente las observaciones respectivas hasta este viernes.

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